NUEVO: REVISION 2013 MAPA RUIDOS CASTELLON

Está a exposición pública la revisión del plan acústico municipal de 2007. Consulta los documentos pinchando en este enlace.

viernes, 11 de julio de 2008

Denuncia pública del botellón y del consumo de alcohol en la calle.


Nota de Peacram:

La Constitución Española tan zarandeada por políticos, muchas veces por oportunismo o interés propio, parece ser que esta vetada o por lo menos no aplicada a los ciudadanos afectados por la Contaminación Acústica. La democracia no ha llegado a los ciudadanos afectados por zonas saturadas o contaminadas.
¿Esto es prevaricación, dejación de funciones o simplemente desidia o intereses electoralistas o amiguistas?

http://www.peacram.com/modules/news/article.php?storyid=402


EXPONE Y DENUNCIA

1. QUE, a pesar de que el art. Art. 15 de la Constitución española establece que “Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes", los integrantes de la botellona impiden dormir a miles de españoles sometiéndolos sistemáticamente a la forma de tortura más antigua, la de no dejar dormir. (Sentencia del TC de 29/5/2001, esp. su FJ5)

2. QUE, a pesar de que el art. Art. 17 de la Constitución española establece que “toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad”, hay miles muchos miles de españoles que no pueden ejercer sus libertades y cuya seguridad se ve amenazada, ya que los participantes en la botellona acorralan a los vecinos en sus hogares impidiéndoles salir, descansar, leer o estar en sus casas, siendo además atacados cuando protestan por ello.

3. QUE, a pesar de que el art. Art. 18 de la Constitución española establece que “se garantiza el derecho a la intimidad personal y familiar...y que el domicilio es inviolable”, hay miles de andaluces (y castellonenses) que ven sus hogares sistemáticamente invadidos y su intimidad familiar y domicilios atacados por los integrantes de la botellona, siendo España es el único país condenado dos veces por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos a este respecto.

4. QUE, a pesar de que el art. 43 de la Constitución española establece como principio rector de la política social y económica “el derecho a la protección a la salud”, miles de españoles ven su salud seriamente dañada por la actitud incívica de los participantes en la botellona, los cuales no les permiten, dormir, descansar o vivir en sus hogares. La botellona también está produciendo estragos en los jóvenes: alcoholismo y drogadicción.

5. QUE, a pesar de que el art. 45, 1 de la Constitución española establece que “todos tiene derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo”, hay miles de españoles que se ven forzados a vivir entre gritos y orines y que ven su medio ambiente quemado y destruido de forma sistemática por los participantes en la botellona. De forma obvia se está impidiendo el desarrollo de las personas y, muy en especial de los niños, provocándose situaciones de stress, daños físicos, problemas familiares y bajo rendimiento escolar y laboral.

6. QUE la botellona está produciendo un daño patrimonial inestimable al depreciar el valor de las viviendas afectadas, al hacer huir la clientela de los hoteles y comercios y al destruir la propiedad privada y pública. A ello habría que añadir el daño medio ambiental y los gastos de limpieza.

7. QUE, las reuniones de la botellona producen una alteración de la normal convivencia, no son pacíficas y ocupan los lugares de tránsito público sin permiso gubernativo, por lo cual no pueden ampararse en el derecho de reunión del art. 21 de la Constitución.

8. QUE, a pesar de que el art. Art. 53.1 de la Constitución española establece : “Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del presente Título vinculan a todos los poderes públicos”, las Comunidades Autónomas y ayuntamientos lleva años cerrando los ojos a lo evidente y negándose a cumplir sus obligaciones constitucionales para salvaguardar los derechos constitucionales de los miles de andaluces dañados por la botellona.

9. QUE, a pesar de que el Art. 104 de la Constitución establece “Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana”, hay miles de españoles que cuyo libre ejercicio de sus derechos y libertades no se ve garantizado por las fuerzas de orden público, sino que ven, más bien , como estas fuerzas tiene orden de “proteger” a los jóvenes de la botellona.

10. QUE los cientos de condenas a los ayuntamientos de España y de forma contundente no han tenido respuesta a la necesidad de que se legisle y regule de forma clara la botellona.

11. QUE la dejación de funciones de los poderes públicos Comunidades Autónomas y Poderes Locales) está rayando en lo delictivo, tanto por no aplicarse la abundante legislación existente para evitar las múltiples ilegalidades que se cometen en la botellona, como por evitarse legislar de forma explícita contra la misma. ¿ESTAMOS ANTE UN DELITO DE ACCION POR OMISIÓN?

12. QUE la botellona no es más que la toma indiscriminada de las calles por parte de unos ciudadanos que pisotean impunemente los derechos constitucionales de otros (impidiendo su descanso, ensuciando y destruyendo el medio ambiente, y poniendo en grave riesgo la salud física y psíquica de los afectados que se ven acorralados e indefensos en sus casas).

Firmado: Dª Emilia De La Serna Martinez.
Asesora Jurídica de la Plataforma por el Descanso en Sevilla.
Sevilla 10.07.08