NUEVO: REVISION 2013 MAPA RUIDOS CASTELLON

Está a exposición pública la revisión del plan acústico municipal de 2007. Consulta los documentos pinchando en este enlace.

viernes, 28 de septiembre de 2012

Castellón. Los vecinos de las tascas vuelven a la cruda realidad.

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Castelló sense Soroll afirma que las tascas rebasan el nivel de ruido legal y que los toldos son "insuficientes"

 

Radio Castellón  - 28 de Septiembre de 2012mIRARoTROlADO.jpg

Se superan los niveles sonoros que permite la ley. Esta es la conclusión que arrojan las mediciones realizadas la pasada semana en la zona de ocio de las tascas de Castellón “con los toldos cubiertos y con el decreto de veladores en funcionamiento”. El informe ha sido facilitado por la asociación Castelló Sense Soroll.


El colectivo denuncia que, según las mediciones sonoras ejecutadas en la calle Isaac Peral del 19 al 23 de septiembre, la zona de ocio de las tascas “incumple gravemente la ley de protección contra la contaminación acústica” en todo el tiempo de apertura de los locales. Mediciones que indican, según Castelló Sense Soroll, que llegan a recogerse valores de hasta 40 decibelios por encima de los valores límite. Recuerda que la vulneración de la normativa está tipificada como “falta muy grave sancionada con entre 6.000 y 60.000 euros de multa” (y cierre cautelar de actividad).


La asociación vecinal denuncia que el efecto amortiguador de los toldos instalados por el Consistorio para paliar el ruido es mínimo y que sólo lo reduce “entre 5 y 8 decibelios”, insuficiente, indica, “para ajustarlo a los límites legales”.


Por su parte, el concejal de Sostenibilidad, Gonzalo Romero, ha afirmado que el Ayuntamiento de Castellón ha llevado a cabo todas las actuaciones necesarias e indicadas en el programa de actuación de la declaración de zona ZAS de las tascas “cumpliendo, de esta forma, con la legalidad”.

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Se adjunta el informe de las mediciones elaborado por Castelló Sense Soroll, que ha sido remitido a TODA la prensa.

MEDICIONES SONOMETRICAS REALIZAS EN
C/ ISAAC PERAL
DEL 19 AL 23 DE SEPTIEMBRE DE 2012

a) Sobre el sonómetro y la medición:

Las características del aparato de medición son:

  • Sonómetro PCE-322A, tipo II
  • Micrófono de precisión Electret de 1/2"
  • Rango de frecuencia de 31,5 Hz a 8 kHz
  • Resolución de 0,1 dB
  • Precisión ± 1,4 dB

Las mediciones se han realizado configurando el sonómetro:

  • Ponderación A,
  • Respuesta rápida (Fast),
  • Intervalo de registro 10 segundos.
  • La medición se inició el miércoles 19 de septiembre, hasta el domingo23.

b) Sobre las gráficas

Con los datos obtenidos, se ha elaborado una gráfica para el periodo diario comprendido entre las 18:00 horas y las 2:50 horas del día siguiente (periodo tarde-noche).
De los valores medidos en el sonómetros se calculó la Laeq-10minutos, obteniendo gráficas para los días miércoles (sin actividad), jueves, viernes y sábado.


c) Sobre los resultados y conclusiones:

  • Se sigue incumpliendo gravemente la Ley 7/2002 de Protección Contra la Contaminación Acústica, en todo el tiempo de funcionamiento de la actividad, con valores de hasta 40 dB por encima de los valores límite. En casi la totalidad del tiempo de actividad, los valores superan en más de 15 dB los valores que marca la normativa citada (en zonas residenciales, 55 dB hasta las 22:00 horas, y 45 dB a partir de esa hora), estando tipificado como como falta muy grave, correspondiendo sanciones entre 6.000-60.000 € y posibilidad de cierre cautelar de los locales.
  • En niveles sonométricos, se comienzan a superar los 65 dB entre las 18:50 y 19:40 horas, los 75 dB entre las 19:40 y 20:10, y los 80 dB a partir de las 20:10 – 20:30, manteniéndose hasta las 21:30-22:30 horas. La recuperación de niveles a final de actividad son, para 65 dB, entre las 0:00 y 0:40 y para 55 dB, a partir de las 0:50 horas.
  • Se ha comprobado que el efecto amortiguador de los “toldos fonoabsorbentes es muy reducido, entre 5 y 8 dB, insuficientes para disminuir el nivel de ruido existente y confinarlo en los límites legales.
  • El origen de la contaminación acústica es derivado del consumo en la vía pública procedente de los establecimientos de la calle (tascas), con una ocupación muy superior a la autorizada en el Decreto de 3 de julio de 2012, de ocupación de vía pública, por el que se autorizaba a las tascas de esta calle a “instalar 3 mesas, ocupando una superficie de 6,4 m2, durante los meses de junio a diciembre de 2012, no cumpliendo los condicionantes del apartado tercero del mencionado Decreto, aspecto que debe de ser constatado por la Policía Local y si fuese procedente, revocar dichas licencias.
  • Se constata que las medidas contempladas en la Declaración de Zona ZAS no han funcionado, casi dos años después de su aprobación, ya que se siguen manteniendo las condiciones de declaración y  tipificación como zona saturada, aún con la prohibición de beber en la calle a partir de las 22:00 horas. Se insta al Ayuntamiento a poner en marcha el Plan de control (apartado B6 de la declaración de ZAS)controlar la evolución de los niveles de ruido …. la instalación de un monitor de ruido en la zona de mayor afección para hacer un seguimiento continuo de los niveles de ruido de la zona”, para que se puedan constatar los niveles que se vienen denunciando desde hace meses.


Castellón, 24 de septiembre de 2012.

 

Mediciones S38

 

Mientras, algunos medios pretenden seguir desinformando, haciendo el juego al “poder”, ocultando las fuentes de información. ¿Tiene sentido emitir una réplica a un comunicado que no ha sido publicado?.     ¡ Poderoso caballero es “don dinero”.

 

13:49 h. Última hora

El Ayuntamiento ha llevado a cabo todas las actuaciones del programa de la declaración de zona ZAS de las Tascas

El concejal de Sostenibilidad ha afirmado que se seguirán revisando los niveles de decibelios en la zona para conciliar el ocio con el descanso de los vecinos

quesejodan

Mediterráneo -  28/09/2012 - REDACCIÓN

El concejal de Sostenibilidad, Gonzalo Romero, ha afirmado hoy de forma rotunda tras conocer el comunicado de ‘Castelló Sense Soroll’ que el Ayuntamiento de Castellón ha llevado a cabo todas las actuaciones necesarias e indicadas en el programa de actuación de la declaración de zona ZAS de las Tascas y “cumpliendo, de esta forma, con la legalidad”. Romero también ha destacado que, dentro de los objetivos del consistorio, “procedemos al mantenimiento y seguimiento, y así lo vamos a seguir haciendo, de estas medidas, con la revisión de los niveles de decibelios”.

“Se trata, de esta forma, de conciliar el ocio con el descanso de los vecinos”, ha afirmado Romero, quien ha recordado que entre las medidas que se han llevado a cabo y que se contemplan en esta declaración de zona ZAS destacan la instalación de toldos fonoabsorbentes, el control de horarios establecidos o controles de limpieza. El edil también ha recordado que el documento de declaración de zona ZAS de las Tascas establece un plazo de dos años para revisarlo y este plazo todavía está en vigor en la actualidad.

 

Durante 2012, el concejal “cumplidor de la ley” ha ido recibiendo semanalmente, de Castelló Sense Soroll ,  informes similares al publicado, pero “en cumplimiento de su ley”, ha hecho caso omiso de los mismos, ni hacer las mediciones sonométricas que se incluían en el programa de seguimiento de la ZAS.

También el técnico municipal de actividades ha ocultado la verdad en su informe de junio, informando favorablemente los veladores y el efecto de los toldos, indicando :

"En fecha 8 de junio de 2012, el Técnico Municipal del Negociado Técnico de Actividades emite, respecto a la instalación de la carpa fono absorbente móvil tipo toldo en la zona de las Tascas de Castellón, informe en el que se concluye que "...se procedió a la comprobación de los niveles de recepción producidos por la afluencia de gente en la zona. Posteriormente se procedió a la comprobación con los toldos cubriendo la calle, determinándose que la instalación de los toldos reduce los niveles de recepción en las viviendas próximas”.

A la vista de las mediciones, puede que nos encontremos ante un presunto delito de prevaricación.

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