Condenados porque el ruido de su discoteca movía los cuadros
-
Los ruidos de la discoteca, situada en Estepa (Sevilla), obligaron a poner en tratamiento psiquiátrico a un niño de tres años
NoticiasTerra - 22 de febrero de 2013
Los dueños de una discoteca de Estepa (Sevilla) han sido condenados a dos años de cárcel por los ruidos que emitían, que llegaban a mover los cuadros y platos de las viviendas situadas sobre el local y que obligaron a poner en tratamiento psiquiátrico a un niño de 3 años.
Una sentencia del juzgado penal número 4 de Sevilla, dice que el acusado Antonio G.V. obtuvo en abril de 2006 licencia para abrir la discoteca "Mandrágora", luego denominada "Akelarre", situada en una zona residencial de Estepa y que luego cedió al segundo condenado, Miguel A.G.
Desde abril de 2006 la Policía Local de Estepa recibió denuncias de los vecinos por las vibraciones y ruidos procedentes de la discoteca y desde entonces diferentes mediciones de la Policía, de empresas contratadas por el Ayuntamiento y de ingenieros constataron el exceso de ruidos que impedían dormir a los vecinos.
Los padres del niño sufrieron trastorno adaptativo, que les llevó a consumir alcohol y tomar psicofármacos, sufrir síndrome ansioso-depresivo y alteraciones del sueño
Los técnicos comprobaron que la discoteca no tenía conectado el limitador de sonido y que las viviendas situadas sobre el local recibían ruidos y vibraciones que llegaban a mover los cuadros y platos de cerámica colgados en las paredes, según la sentencia.
Precisa el juez que un niño de 3 años sufrió como consecuencia de tal contaminación acústica "irritabilidad y trastornos del sueño"de los que tardó en curar 730 días, durante los cuales necesitó tratamiento con ansiolíticos y asistencia de especialistas en psiquiatría y pediatría para el control de los síntomas. Además, la familia se veía obligada a colocar los colchones en el suelo de la estancia más alejada de la discoteca para poder dormir.
La sentencia rechaza el argumento de los acusados, que atribuyeron los ruidos a la presencia de botellones o "buñueladas"
Los padres del niño sufrieron trastorno adaptativo, que llevó al primero de ellos a consumir alcohol y tomar psicofármacos, sufrir síndrome ansioso-depresivo, alteraciones del sueño y precisar tratamiento psiquiátrico.
Por ello, el juez Rafael Díaz Roca impone a los condenados el pago de una indemnización de 33.000 euros a cada miembro de la pareja y de 27.000 euros a su hijo, además de una multa de 2.300 euros y 12 meses de inhabilitación para el ejercicio de cualquier actividad relacionada con pubs y discotecas.
La sentencia rechaza el argumento de los acusados, que atribuyeron los ruidos a la presencia de botellones o "buñueladas", lo que el juez califica de "pintoresca afirmación pues es inverosímil que los técnicos, profesionales en la materia, hicieran mediciones acústicas en esas condiciones".
No hay comentarios:
Publicar un comentario