NUEVO: REVISION 2013 MAPA RUIDOS CASTELLON

Está a exposición pública la revisión del plan acústico municipal de 2007. Consulta los documentos pinchando en este enlace.

domingo, 9 de febrero de 2014

Castellón: Reacciones a la Sentencia del Tribunal Supremo (notas de prensa II).

 

Noticias 07/02/14

1.- El Supremo da vía libre al consumo de alcohol en las calles de las tascas de Castelló

 

2.- Los hosteleros de las tascas reciben con "alivio" el fallo del Supremo y Castelló Sense Soroll lo califica de "golpe"

 

3.- El Supremo da la razón al Ayuntamiento y avala el consumo de bebida en las tascas

 

4.- EL DIRECTOR OPINA. Vía libre a las tascas por fin

 

5.- El Supremo zanja la polémica en tascas al validar la orden que deja beber en la calle

Revoca el fallo del TSJ que anuló en 2012 la autorización municipal para esta zona de ocio Castelló Sense Soroll tilda de «gran revés» la sentencia que da la razón al consistorio

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1.- El Supremo da vía libre al consumo de alcohol en las calles de las tascas de Castelló

El Alto Tribunal respalda la legalidad de la última ordenanza de convivencia y pone punto y final al conflicto judicial

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La zona tradicional de las tascas de Castelló gana su última batalla legal y el consumo de alcohol en sus calles tiene vía libre para continuar sin problemas. El Tribunal Supremo respalda la ordenanza de convivencia que regula esta excepcionalidad, que había sido puesta en cuestión por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, y pone fin al litigio que desde hace casi una década han dirimido el ayuntamiento y los propietarios de los locales con la asociación de Castelló Sense Soroll. La plataforma vecinal admite que «no se puede hacer nada» contra la sentencia del Supremo –es firme–, aunque no se rinde y buscará nuevos cartuchos legales para prohibir la ingesta de alcohol en el exterior de las tascas.

El Alto Tribunal ha resuelto a favor de la singularidad de las tascas y ha atendido los recursos de casación que el ejecutivo local y los locales afectados presentaron contra la resolución del TSJ que revocaba el artículo de la normativa municipal referente a la zona tradicional de Castelló, según hizo público ayer. El tribunal valenciano anuló en dos ocasiones entre 2011 y 2012 el artículo 26 de la ordenanza que regulaba el modelo tradicional de las tascas. Esta normativa impedía el consumo de alcohol en la calle siempre que no causara molestias vecinales y excluía de la prohibición a las tascas y festividades. El TSJ consideró en su primer fallo de 2011 que la norma contradecía la ley autonómica de Drogodependencia al no especificar que el consumo en la calle requiere una autorización municipal y por posibilitar la ingesta en el exterior de modo general. El gobierno local revisó el artículo de la ordenanza cuestionado e incluyó las condiciones que pensaba que exigían los tribunales. Pero seguidamente, la misma sala estimó que los cambios eran insuficientes y sostuvo que incumplían su orden. En último lugar, el ayuntamiento y las tascas recurrieron en casación y el Supremo les ha dado finalmente la razón.

Así, los magistrados del Supremo entienden que la última redacción de la ordenanza se ajusta a la primera sentencia del TSJ, con lo que se adapta a la ley de Drogodependencia. «No vemos que incurra en la causa de nulidad. Desaparece la razón por la que se declaró nulo el párrafo primero de la redacción anterior, pues ya no se ve que de modo general permita el consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos cuando no se causen molestias. Y ahora todos los espacios a los que se ciñó el pronunciamiento de la sentencia (fiestas de Magdalena, San Pedro y de calles de la ciudad) habrán de contar con la debida autorización municipal», señala.

El concejal de Sostenibilidad, Gonzalo Romero, y las tascas destacaron la resolución favorable, mientras la portavoz socialista, Amparo Marco, instó a los munícipes populares a fomentar el diálogo vecinal «para evitar conflictos como los ocurridos en las tascas, el Plan General de Ordenación Urbana o el Tram». En esta ocasión, el modelo singular de las tascas es apoyado por todas las fuerzas políticas de Castelló y la pretensión de prohibir el consumo de alcohol en sus calles ha partido de algunos vecinos de la zona.

Nuevas vías de Sense Soroll

Aunque el fallo del Supremo no es recurrible, Sense Soroll resalta que la sentencia no se pronuncia en otras posibles causas de nulidad a la recurrida y asegura que iniciará otro proceso judicial. Insiste en que beber alcohol en la calle infringe la ley.

La ZAS mantiene regulado el horario de venta

El Ayuntamiento de Castelló y la zona de las tascas han conseguido salvar la ordenanza municipal de convivencia de las acometidas de Sense Soroll, y ahora tienen pendiente resolver los problemas de contaminación acústica del lugar. El colectivo vecinal también denunció la existencia de excesivo ruido por la importante afluencia de público que acude a las tascas y obligó al ayuntamiento a aprobar hace tres años una declaración de Zona Acústicamente Saturada.

La ZAS prohíbe a partir de las 23.00 horas la venta de alcohol en el exterior de las tascas, impide la apertura de nuevos locales y contempla la presencia de un dispositivo especial de seguridad y la colocación de toldos fonoabsorbentes.

El ayuntamiento aplicó la ZAS por primera vez en 2011 y, aunque esta medida consiguió limitar la aglomeración de público a última hora de la tarde y a primera de la noche, fue insuficiente para rebajar los decibelios a niveles inferiores a los que estipula la ordenanza municipal. Así, tras constatar 78 decibelios en la zona, el consistorio renovó en enero de 2013 por otros dos años la ZAS. Y en la ampliación decidió restringir en media hora más el límite de horarios.

Se extiende por las calles Barracas e Isaac Peral, un tramo de Vera y la plaza Santa Clara y el ayuntamiento prevé ahora retirar la parte de Vera al considerar que no es susceptible de ser ZAS. La clientela de tascas se concentra sobre todo en Barracas e Isaac Peral y Vera carece de establecimientos hosteleros. No obstante, sin la ZAS esta calle podría acoger nuevos locales.

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2.- Los hosteleros de las tascas reciben con "alivio" el fallo del Supremo y Castelló Sense Soroll lo califica de "golpe"

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La cara y la cruz. La sentencia del Tribunal Supremo que da luz verde al consumo de alcohol en las calles de la zona de ocio de las tascas de Castellón ha generado reacciones contrapuestas entre las partes en conflicto. Los empresarios hosteleros han acogido con "alivio" el fallo, mientras la Asociación Castelló Sense Soroll lo califica de "golpe".

Veinticuatro horas después de que el Supremo haya zanjado el entramado legal que mantenía desde 2008 en una especie de limbo el futuro de las tascas, han empezado a sucederse las reacciones ante la decisión judicial. Para los empresarios con locales en esta emblemática zona de ocio de Castellón la sentencia les aporta "tranquilidad" tras años de incertidumbre. Así lo explica Ernesto Bou, propietario de uno de los establecimientos de la calle Barracas. Defiende que los locales están cumpliendo además con las medidas a las que obliga la declaración de las tascas como Zona Acústicamente Saturada.

En el extremo opuesto, la opinión de Castelló Sense Soroll, la plataforma vecinal que inició en 2008 el pleito contra el Ayuntamiento y las tascas. Su portavoz, Pedro Monfort, dice que el fallo del Supremo es un "golpe" pero hay que acatarlo. Eso sí, lamenta que la sentencia avala la aglomeración de gente en la calle, que es la causa, dice, de los problemas de ruido y suciedad en esta zona de ocio.

Monfort dice además que el colectivo seguirá "vigilante" para garantizar que las medidas correctoras a las que obliga la ZAS se cumplen. Da también la enhorabuena a los "ganadores" en este conflicto.

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3.- CORRIGE AL TSJCV Y RESPALDA EL ARTÍCULO 26 DE LA ORDENANZA DE CONVIVENCIA QUE PRESERVA LA ZONA URBANA

El Supremo da la razón al Ayuntamiento y avala el consumo de bebida en las tascas

Recuerda que el ocio nocturno no es libre sino que está sujeto a autorización. La sentencia afirma que el consistorio rectificó bien la norma que lo permite

Las tascas de Castellón, una de las zonas de ocio más concurridas de la capital de la Plana, a rebosar de gente, ayer, como cada jueves. - PACO POYATO

Las tascas de Castellón, una de las zonas de ocio más concurridas de la capital de la Plana, a rebosar de gente, ayer, como cada jueves. - PACO POYATO

La maraña judicial que comprometía el futuro de las tascas de Castellón se zanjó ayer en favor de los intereses de Ayuntamiento y empresarios. Por tanto, en favor de la pervivencia del negocio hostelero presente en la capital desde hace décadas, y que pasa por ser uno de los principales puntos neurálgicos del ocio en la capital, de jueves a sábado, concentrando a miles de usuarios.

El Tribunal Supremo (TS) hizo pública la sentencia que estima el recurso de casación que interpuso el consistorio contra el fallo del TSJCV que anulaba el artículo 26 de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana a instancias de la Asociación Castelló Sense Soroll, precisamente el precepto municipal que permitía beber en el ámbito urbano de plaza Santa Clara y calles Isaac Peral y Barracas.

Un fallo contrario del TS hubiera supuesto la forzosa implantación de la ley seca, de ahí la enorme satisfacción que la resolución favorable generó en el consistorio y en los seis empresarios que recurrieron agrupados en la Asociación Las Tascas de Castellón.

Los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo estiman el recurso de casación municipal al entender que el consistorio sí ejecutó correctamente el fallo del TSJCV que ordenó, a finales del 2011, rectificar el artículo 26. Recuerda el Supremo que el nuevo artículo de la ordenanza --reproducido en esta página-- no permite el libre consumo de alcohol en la calle en las tascas, sino solo si se efectúa “con la debida autorización municipal”. Por tanto, no contradice el decreto 1/2003 de la Generalitat --de mayor rango-- que prohíbe beber en la calle.

Respecto al recurso de casación de los empresarios, el Supremo solo estima dos de los seis razonamientos, aunque no tiene revelancia a efectos prácticos.

El alcalde, Alfonso Bataller, expresó su satisfacción por la “ratificación del trabajo jurídico” y aseguró que el consistorio mantendrá su apuesta por “preservar las tascas como elemento positivo para el ocio y el turismo”.

La portavoz del PSPV-PSOE, Amparo Marco, instó al ejecutivo a buscar “la convivencia vecinal. En las tascas, como en el del PGOU, la Justicia es la que marca las decisiones de Bataller, la que gobierna en grandes asuntos”. H

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4.- EL DIRECTOR OPINA

Vía libre a las tascas por fin

Querido lector:

El Tribunal Supremo (TS) ha estimado un recurso del Ayuntamiento de Castellón y ha determinado que es legal el artículo de la ordenanza municipal que permite beber alcohol en la calle en la zona de las tascas. Y la sentencia del alto tribunal lo explica de forma muy clara.

Según señala, con la modificación que realizó el Ayuntamiento y que fue recurrida por una asociación constituida ex profeso para personarse en este tipo de conflictos municipales (ruido, alcohol en la calle, etc.) se establece claramente que no se permite el consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos de forma general, sino solo cuando no se causen molestias, no se haga con envases de vidrio o lata y únicamente se realice en zonas acotadas, con permiso municipal y por razones especiales como son los espacios tradicionales o emblemáticos de la ciudad delimitados expresamente como zona tradicional, tal cual es el caso de las tascas de Castellón.

El artículo de la ordenanza municipal también establece que esa prohibición quedará sin efecto durante las fiestas de la Magdalena, San Pedro en el Grao y fiestas de calles o barrios de la ciudad.

En conclusión, el Supremo da la razón al Ayuntamiento al considerarlo competente para establecer excepciones a una norma general. Y a las tascas, el Ayuntamiento de Castellón las ha considerado, como no podía ser de otra manera por cierto, de forma excepcional en la ordenanza por su valor como zona de un tipo de ocio tradicional, muy característico de Castellón, tal cual ha demostrado ser en los últimos cuarenta años.

Creo que es una magnífica noticia porque el consistorio había recogido en la ordenanza el sentir general ciudadano que ha prevalecido sobre otros intereses basándose en un hecho cierto y consolidado, teniendo en cuenta además que a la ciudad no se le puede privar del esparcimiento que le da vida ciudadana.

Espero que cree jurisprudencia y, aunque pueda haber recursos, prevalezca, como en este caso, ese sentido común que muchas veces le falta a las decisiones judiciales.

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