SUBEN LOS INDICES PERMITIDOS EN ZONAS AL AIRE LIBRE
Los cambios en la ley del ruido no convencen ni a vecinos ni bares
La Madrila pide "escrupulosidad" para reducir las molestias en la calle. La asociación de hosteleros cree que no repercutirá en los establecimientos
El Periódico Extremadura - 28/07/2012 - CARLOS ORTIZ
Público fuera de los pubs de la plaza de Albatros, en la zona baja de la Madrila en marzo pasado.Foto:RUFINO VIVAS
Los cambios en la ley nacional que permiten ya a zonas como la Madrila generar más ruido (¿deseo, ignorancia o “mala leche”?) en el exterior de los locales de copas disgusta a los vecinos y deja indiferente a los hosteleros. La modificación introducida por el Gobierno supone un incremento de hasta diez puntos en los límites permitidos, a diferencia de la ordenanza municipal de ruido, más restrictiva y que, al ser de rango menor, tendrá que adaptarse a la normativa de ámbito nacional (¡¡ ehhhhhh!!, infórmese un poco hombre. esa cantinela ya la escuché hace años en estos lares, que ceporros!!). Los nuevos registros son aplicables tanto en suelos de uso residencial como en los recreativos y de espectáculos.
En opinión de Miguel Salazar, presidente de la asociación de la Madrila, los cambios en la ley nacional de ruido del 2003 "no van a tener ninguna incidencia" en una de las zonas más concurridas de la movida. "La gente ya hace ruido por encima de los decibelios permitidos. Más no pueden hacer", opina Salazar que, aunque asegura "no estar conforme" con la modificación, reconoce que la problemática por las molestias en el exterior de los bares tiene difícil solución.
El presidente de la Madrila se pregunta "de qué sirve que un local esté insonorizado y que el 50% de su clientela siga en la calle haciendo ruido". Las soluciones, indican Salazar, pasan por que el ayuntamiento "sea escrupuloso a la hora de exigir el cumplimiento de la normativa", además de "campañas educativas para corregir el comportamiento de la gente".
SIN IMPACTO Sin embargo, César Martín Clemente, presidente de la Asociación Empresarial Cacereña de Hostelería y Turismo (Aecahtur), cree que el ruido que se genera en la calle no es responsabilidad de los establecimientos y recuerda que los cambios en la ley "no tendrán repercusión económica en los bares".
Martín Clemente deja claro que la competencia para reducir las molestias en la calle es del ayuntamiento y subraya que "siempre habrá contradicciones entre ocio y descanso". Este portavoz sí considera que lo que tienen que hacer los empresarios "es reformar sus establecimientos" para adaptarse a las condiciones acústicas de su licencia y reitera que "lo que pase en la vía pública no es un problema de los hosteleros sino de la gente que esté en la calle".
LA MEDIDA AFECTA A ESPACIOS AL AIRE LIBRE PARA USO RECREATIVO Y DE ESPECTACULOS Y TAMBIEN RESIDENCIALES
Un cambio en la ley permite que zonas como la Madrila de Cáceres puedan tener más ruido
El Gobierno modifica la norma del 2003 y aumenta los límites acústicos tras una sentencia del Supremo. La ordenanza local del ruido, al ser de rango menor, tendrá que adaptarse a pesar de ser más restrictiva
El Periódico Extremadura - 27/07/2012 - CARLOS ORTIZ
Público haciendo cola en la plaza de Albatros para entrar de madrugada en un pub de la Madrila.Foto:RUFINO VIVAS
Un cambio en la ley permitirá que zonas de ocio nocturno como la Madrila puedan generar más ruido. En plena batalla judicial entre vecinos y hosteleros, que ha acarreado ya el cierre cautelar de ocho establecimientos en la zona de copas por excelencia de la capital cacereña --dos han podido reabrir tras realizarse mediciones en sus locales y las viviendas de los denunciantes--, un real decreto publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado modifica la normativa nacional del año 2003 por la que se fijan los límites acústicos en zonas al aire libre. Este cambio viene motivado por una sentencia de julio del 2010 del Tribunal Supremo que estima un recurso contra el real decreto del 2007 que se desarrolla la ley.
Aunque la ordenanza municipal del ruido aprobada en el 2009 por el ayuntamiento establece unos parámetros más restrictivos en zonas para uso recreativo y de espectáculos y residencial, el Gobierno aumenta el impacto, hasta el punto de incrementar en diez puntos los índices máximos permitidos. De esta forma, la ordenanza tiene que adaptarse a la ley al ser de rango inferior y el ruido exterior, del que vecinos de la Madrila hacen responsable a los establecimientos de copas, puede ya aumentar en este barrio donde se concentran los establecimientos que cierran más tarde y más público reúnen en el exterior.
La ampliación de los límites de ruido no hace otra cosa que provocar una mayor problemática en zonas especialmente sensibles al ruido, máxime en la Madrila, que fue declarada "saturada" en la ordenanza del ruido hace casi diez años con el fin de que no se abrieran más locales.
Sin embargo, lejos de ser una solución, los acontecimientos han puesto de manifiesto que se sigue generando ruido en el exterior, extremo que ahora corrige el real decreto, aunque los hosteleros siempre hayan defendido que no es competencia suya, sino de las fuerzas de seguridad, evitar que se generen molestias porque sus clientes salgan a fumar o hagan colas.
Precisamente, este fue uno de los argumentos que esgrimieron los locales cerrados para desmarcarse del informe que la asociación Cacereños Contra el Ruido adjuntó a la querella. Las mediciones realizadas por la Guardia Civil, claves para que la Audiencia decretara la clausura, se hicieron en plena calle, sin entrar en los bares, a diferencia de las que se practicaron después, por petición de los hosteleros al juez, dentro de pisos y locales.
Los querellantes señalaron en un plano, según registros que el Seprona realizó en el 2009, a qué locales de la Madrila creían que correspondía el ruido ambiente y que, hasta un total de 16, fueron denunciados en el juzgado. Seis de los ocho, tras haberse medido solo la mitad, siguen clausurados temporalmente.
SIN COMENTARIOS (CASI)
Esta modificación responde a la sentencia del Tribunal Supremo, Sección Quinta de la Sala Tercera, de lo Contencioso Administrativo, de 20 de julio de 2012, en la que estimaba parcialmente un recurso contra el Real Decreto 1367/2007, anulando la expresión “SIN DETERMINAR” que figura en relación con el Tipo de Área Acústica f), dedicada a las sectores de territorio afectados a sistemas generales de infraestructuras de transporte u otros equipamientos públicos que los reclamen, dentro de la Tabla A, en la que se establece que “los objetivos de calidad acústica para ruido aplicables a áreas urbanizadas existentes”, del Anexo II del mencionado Real Decreto, dedicado a los denominados Objetivos de Calidad Acústica.
La sentencia fallaba a favor de la necesidad de eliminar dicha indeterminación por lo que se establece que en los sectores del territorio afectado a sistemas generales de infraestructuras de transporte u otros equipamientos públicos que lo reclamen, no podrá superarse, en sus límites los objetivos de calidad acústica para ruido aplicables al resto de áreas acústicas colindantes con ellos.
Con esta modificación queda subsanada la problemática que venía acompañando, desde 2007, a todos aquellos límites de estas infraestructuras que en la mayoría de los casos generaban elevados índices de contaminación acústica a los territorios colindantes.
Cualquier parecido de la noticia con la realidad que la provoca es pura coincidencia. El periodista, o estaba “fumao”, o tiene algún interés en crear confusión.
Seguramente no será la única noticia que haya tratado de una forma tan despiadada, y seguro que el medio de comunicación debe de estar acostumbrado a hacer lo propio con el resto de noticias.
SE DESACREDITA EL PERIODISTA Y EL MEDIO.
Así nos luce el pelo al país.
No hay comentarios:
Publicar un comentario