RIBERA
La Fiscalía pide dos años de cárcel al alcalde de Cullera por permitir exceso de ruido en tres pubs
El fiscal dice que Sanjuán mantuvo una actitud «completamente pasiva» contra los locales y que no atendió a denuncias de vecinos
Las Provincias - 11.06.12 - EP | Valencia
La Fiscalía de Valencia solicita una pena de dos años y tres meses de prisión contra el diputado provincial y alcalde de Cullera ( Valencia ), Ernesto Sanjuán, al que acusa de permitir que tres pubs de la localidad superasen durante varios años los límites de ruido permitidos. Según consta en el escrito fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, el primer edil era conocedor de esta situación por las continuas denuncias vertidas por parte de los vecinos afectados y, sin embargo, no actuó.
Asimismo, el fiscal pide contra Sanjuán, a quien acusa de un delito de prevaricación medioambiental, tipificado en el artículo 329 del Código Penal, ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, y que pague las costas procesales.
Aviso a navegantes (Castellón).
El fiscal también dirige la acusación contra los dos gerentes de los tres pubs --establecimientos ya cerrados-- que causaron molestias a los vecinos, para los que pide tres años y un mes de prisión por un delito contra el medio ambiente y los recursos naturales. Además, les solicita que paguen una multa de 6.600 euros. En relación a la responsabilidad civil, pide una indemnización de 6.000 euros para cada vecino que acredite haber sido afectado.
Según consta en el escrito de calificación provisional, durante más de 15 años, desde el inicio de las actividades de estos pubs --años 90-- hasta, al menos, julio de 2008, residentes de las comunidades propietarios de los Edificios Madrid, Mar y Luz, Náutic, Mar y Montaña y Pato Salvaje, formularon multitud de denuncias ante la Policía Local y el Ayuntamiento de Cullera en las que hicieron constar los perjuicios que estaban padeciendo por los ruidos.
En concreto, en estas denuncias, los vecinos criticaban el funcionamiento ilegal de los pubs, la carencia e insuficiencia de insonorización de los mismos, la realización de actuaciones musicales en directo, la contaminación acústica causada por la música y los clientes de los mismos, así como otras actividades como la venta de bebidas alcohólicas en la vía pública y el incumplimiento reiterado de los horarios de cierre.
A raíz de las quejas vecinales, se realizaron diversas inspecciones de los pubs reseñados y del ruido causado por los mismos en el domicilio de los perjudicados. Así, diversos especialistas tomaron muestras sonométricas en más de 20 ocasiones, desde 1997 hasta 2007, que constataron la superación de decibelios. En la mayoría de las viviendas, se percibieron niveles sonoros superiores a los 50 decibelios, llegando en algún caso a los 70 con las ventanas abiertas.
Estos niveles de inmisión sonora vulneraban los límites de ruido establecidos en la normativa medioambiental vigente, y suponían un grave riesgo para la salud de las personas que habitaban en las viviendas colindantes a los tres pubs contra los que se dirige la acusación, según la calificación fiscal.
Informes acreditativos
Asimismo, desde mitad de los años noventa hasta 2008, el ingeniero técnico industrial municipal informó al Ayuntamiento de Cullera, en diversas ocasiones, en relación a uno de los pubs, que su actividad era de "bar" y de que estaba prohibido todo tipo de ambientación musical en el local, así como la existencia de cualquier aparato o equipo musical. El alcalde de Cullera recibió un total de siete informes a este respecto.
Además, otros informes emitidos por este ingeniero ponían de relieve que los limitadores de potencia de los equipos de reproducción musical originarios de los pubs, que se precintaron en su día, estaban desconectados de los equipamientos musicales y se encontraban en situación irregular.
El ingeniero emitió, además, múltiples informes llamando la atención sobre las diversas irregularidades de toda índole existentes en los locales de ocio de los acusados y de otros muchos ubicados en la misma zona, y destacó la no presentación de las preceptivas auditorías acústicas antes del plazo legal señalado.
"Plenamente conscientes"
De esta vulneración y los graves riesgos derivados eran "plenamente conscientes" --según el fiscal-- los acusados durante todo el tiempo en que explotaron sus negocios, no poniendo solución eficaz en las "múltiples" ocasiones en que fueron requeridos a tal fin, "incumpliendo de manera sistemática y continuada la normativa medioambiental en materia acústica, generando reiteradamente la situación de grave riesgo para la salud de las personas".
Respecto al alcalde de la localidad, Ernesto Sanjuán, el fiscal indica que recibió diversas denuncias de los vecinos en las que se hacía constar el funcionamiento ilegal de los pubs. Sin embargo, "durante años", "consciente" de dicha problemática iniciada ya antes de tener la máxima responsabilidad en el consistorio y desde 1999, como responsable de la Alcaldía durante ocho años "mantuvo una actitud completamente pasiva con los pubs" de la zona comprendida en las calles Barcelona, Algemesí, Lorenzo Borja y Madrid.
Por ello, los vecinos perjudicados se vieron en la necesidad de ejercer acciones judiciales por vía administrativa con el fin de poder conseguir la aplicación de la legalidad vigente y, consecuentemente, la revocación de las licencias de los locales que no se ajustaban a la normativa. Así, se instaron múltiples denuncias y querellas, que dieron como resultado una resolución del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), por la que se condenaba expresamente al Ayuntamiento de Cullera a efectuar propuesta de declaración de Zona Acústicamente Saturada (ZAS) de la zona en la que estaban los pubs.
Como consecuencia del funcionamiento ilegal de los pubs, se produjeron perjuicios de todo tipo, tales como depreciación del valor de las viviendas ubicadas en la zona, obligando a algunos vecinos a malvender sus viviendas dada la "insufrible" contaminación acústica existente. Asimismo, algunos vecinos sufrieron trastornos adaptativos mixtos por depresión con mareos, crisis de ansiedad y palpitaciones, y precisaron tratamiento médico-farmacológico.
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