NUEVO: REVISION 2013 MAPA RUIDOS CASTELLON

Está a exposición pública la revisión del plan acústico municipal de 2007. Consulta los documentos pinchando en este enlace.

viernes, 14 de enero de 2011

Badajoz. La ordenanza de veladores extrema el control sobre los ruidos.

BADAJOZ

La ordenanza de veladores extrema el control sobre los ruidos

La norma abre la puerta a la homogeneización de las terrazas en el Casco Antiguo

Hoy - 14.01.11 - R. ROMERO | BADAJOZ.

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  • SANCIONES: 3.000 €
  • Por colocar los veladores sin autorización al ser considerado como una infracción muy grave. El capítulo de sanciones multa con entre 1.501 y 3.000 euros los establecimientos que alarguen su horario una hora sobre el autorizado.

El Ayuntamiento extremará el control sobre los ruidos que procedan de los veladores. Es una de las novedades de la ordenanza que regulará las terrazas de los bares y legaliza los cerramientos que están proliferando por la ciudad a causa de la Ley Antitabaco.

La comisión de Hacienda, que estudia los asuntos de este área antes de presentarlos al Pleno del lunes, dio ayer luz verde al borrador de la ordenanza. Una vez que reciba el visto bueno y posteriormente se publique en el Boletín Oficial de la Provincia, la norma entrará en un periodo de exposición pública que durará 30 días antes de su aprobación definitiva y posterior entrada en vigor. El primer teniente de alcalde, Francisco Javier Fragoso, calcula que será efectiva en mes y medio. Entre otros asuntos, el texto actualiza la anterior ordenanza, que data de 1996, y regula las instalaciones en suelo privado, además de establecer un amplio capítulo de infracciones con sanciones de hasta 3.000 euros.

La ordenanza hace hincapié en favorecer la convivencia de las terrazas y el derecho al descanso de los vecinos. Así, insiste en que los veladores instalados en terrenos de uso público deben cumplir la normativa de ruidos, mientras que en los de titularidad y uso privados «se tendrá especialmente presente los niveles de emisión sonora que la terraza por sí misma o por acumulación de otros focos de ruido pudieran suponer para el entorno y los edificios próximos». Por este mismo motivo, el Ayuntamiento podría denegar la autorización para la instalación de sillas y mesas en la calle «en virtud de la prevalencia del interés general sobre el particular».

La norma también igualará los horarios de los veladores independientemente del tipo de establecimiento que sea y permitirá su instalación durante todo el año. Actualmente, el periodo viene marcado por la licencia del local. Así, si se trata de un bar debe retirarlos a las 24.00 horas, pero si es un café-concierto puede dejarlos hasta las 4 de la madrugada. Sin embargo, a partir de ahora, entre el 1 de noviembre y el 31 de marzo, se podrán instalar desde las 9.00 horas y las 24.00 horas todos los días de la semana. Pero, entre el 1 de abril y el 31 de octubre, se amplía de 8.00 a 1.30 horas. Los viernes, sábados y vísperas de festivo se podrá prolongar una hora más en verano.

No obstante, el Ayuntamiento puede reducir el horario general por cuestiones medioambientales. En concreto, especifica que las solicitudes de autorización para las terrazas en zonas acústicamente saturadas o en situación acústica especial deberán someterse a un informe de evaluación ambiental que determinará si el Ayuntamiento otorga la autorización correspondiente o especificará las condiciones necesarias para que se conceda. En el caso de que los establecimientos ya dispongan de la autorización en un lugar que sea declarado zona saturada de ruidos, el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de suspender la autorización.

La ordenanza también abre la puerta a homogeneizar las terrazas en el Casco Antiguo. Así, recoge que para determinadas zonas que merezcan una especial protección por su valor o por saturación de veladores o, incluso, para armonizarlas se podrán aprobar criterios complementarios específicos. Entre ellos, la delimitación de las características técnicas o estéticas, la prohibición de todo tipo de publicidad y la reducción del mobiliario a uno o varios tipos normalizados. También prevé poner orden en calles que estén abarrotadas de veladores al determinar el número, ubicación y superficie máxima de las terrazas autorizables, así como la distribución entre los distintos bares.

La ordenanza, además, regula los cerramientos en cuyo interior se despliegan las conocidas como terrazas de invierno y que han proliferado en las últimas semanas debido a la Ley Antitabaco. En este sentido, recoge sus características y determina que «aun cuando un espacio reúna todos los requisitos exigibles para la colocación de un cerramiento, se podrá denegar la autorización o concederla con dimensiones inferiores a las autorizadas si su instalación dificultara el tránsito peatonal».

La norma también trata de asegurar que las terrazas no mermen la accesibilidad y el paso de los peatones. Asimismo, regula las instalaciones con medidas específicas para distintos casos según los espacios de los que se trate.

1 comentario:

Anónimo dijo...

¿Hasta la 1.30 h. de la mañana pueden dejar los veladores? ¿Qué clase de país es este que no permite que la gente que nos levantamos a las 6.00 de la mañana pueda descansar? La respuesta es clara, un país de vagos donde casi nadie se tiene que levantar a esa hora, y que el lo que tenga que hacer que se joda.