NUEVO: REVISION 2013 MAPA RUIDOS CASTELLON

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viernes, 31 de diciembre de 2010

Dos hosteleros de Vegadeo tendrán que ir a la cárcel por exceso de ruido en su local.

Una decisión judicial sin precedentes en el Principado 

 

La Audiencia Provincial ratifica la primera sentencia por la vía penal por contaminación acústica en Asturias, dictada el pasado julio en Avilés

 La Nueva España – 30-12-10 - Vegadeo / Oviedo, A. M. SERRANO / J. A. O.

Ricardo Santiago Bueno, ayer, entrando en el portal de su casa. Al lado, el bar Coyote.

Ricardo Santiago Bueno, ayer, entrando en el portal de su casa. Al lado, el bar Coyote. 

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha ratificado, en todos sus términos, la primera condena dictada en Asturias por un delito de contaminación acústica. En concreto, el tribunal confirma íntegramente el fallo emitido en julio pasado por el Juzgado de lo penal de Avilés, por el que se condenaba a dos hosteleros de Vegadeo, padre e hija, a dos años y tres meses de cárcel por un delito contra el medio ambiente en su modalidad de contaminación acústica. Tal pena incluye el ingreso en prisión.


Según los magistrados, los ruidos y la música procedentes del bar Coyote, regentado por los condenados, ocasionó graves perjuicios a dos vecinos del inmueble, los hermanos Carlos y Juan José Casal Santamarina, al situarse por encima de lo permitido en las mediciones realizadas. Uno de ellos, el abogado Carlos Casal, que ha llevado adelante la acusación, sufrió la aparición de varios trastornos del sueño y está diagnosticado de insomnio con apnea asociada. Su hermano, un discapacitado psíquico con un grado de minusvalía del 75 por ciento, tiene diagnosticada una esquizofrenia residual que requirió de neurolépticos de refuerzo que no tomaba antes del grave problema de ruidos en su casa.

Según la sentencia del tribunal avilesino, ratificada por la Audiencia, Ricardo Santiago Bueno y Eulalia Santiago Fernández, titular y gerente, respectivamente, del bar Coyote, vulneraron de forma reiterada y prolongada los límites máximos de ruido y de contaminación acústica permitidos por la normativa medioambiental. Además, los jueces consideran probado que el ruido ocasionó daños de relevancia a los vecinos denunciantes.


La sentencia, que no tiene precedentes en Asturias, dicta por primera vez penas de cárcel para unos hosteleros por la emisión de ruidos en sus negocios. Ahora, con el fallo de la Audiencia Provincial de Asturias, se agota la vía ordinaria. Es decir, no cabe recurso de apelación, lo que hace que la sentencia sea firme. No obstante, la defensa de los condenados estudia presentar un recurso extraordinario de amparo al Tribunal Constitucional, al detectar supuestos defectos en la documentación presentada en el primer juicio, celebrado el pasado 12 de julio.


Según las fuentes de la defensa consultadas, podría haber «defectos» en la calificación del delito porque se condena «por el ruido que se percibe en la casa del afectado y denunciante y no por el ruido que emite el local de propiedad del condenado». En este sentido, diferencian dos términos, «emisión e inmisión», que, según estas fuentes, no se tuvieron en cuenta en el primer juicio, en el cual la defensa la ejercía otro abogado, una valoración que podría cambiar la interpretación de los hechos denunciables y, por ende, el fallo.


Además de las penas de prisión, la sentencia que ratifica la Audiencia obliga a Ricardo Santiago Bueno y a Eulalia Santiago Fernández al pago, en concepto de responsabilidad civil, de una indemnización de 12.000 euros a Carlos y Juan José Casal Santamarina. También acuerda clausurar de forma temporal, durante dos años, el bar Coyote e inhabilita a los condenados para trabajar en este sector por el mismo período. La defensa de los condenados tiene ahora un mes para presentar el recurso de amparo.


LA NUEVA ESPAÑA intentó ayer, sin éxito, ponerse en contacto con los condenados. En las declaraciones del primer juicio, los acusados defendieron su inocencia y explicaron que el bar Coyote cumplía con los requisitos legales al tener «doble puerta, doble cristal y también un sonómetro, que colocamos cuando nos lo requirió el Ayuntamiento».


Carlos Casal valoró ayer de forma muy favorable la sentencia de la Audiencia. Además, aprovechó para agradecer la «especial sensibilidad mostrada» en este caso por el fiscal de Medio Ambiente, Joaquín de la Riva. «Se acaba una pesadilla de cuatro años», resumió Casal.

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