El TSJ anula que carguen las costas al ciudadano en las quejas por ruido
El ayuntamiento tendrá que revisar la ordenanza contra la contaminación acústica aprobada en 2008
LEVANTE-EMV VALENCIA - 12-02-11
El Ayuntamiento de Valencia tendrá que revisar la ordenanza del ruido dos años después de su entrada en vigor. La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia ha anulado tres artículos de la normativa en virtud a un recurso que presentó el grupo municipal socialista junto con varias asociaciones de vecinos, entre ellos, Amics del Carme. Los artículos de la ordenanza que el consistorio deberá enmendar son el 29.2, el 55.3 y el 60.
El Tribunal Superior establece que ante un foco de ruido que cause una molestia "grave y manifiesta", como puede ser un local de ocio nocturno, se puedan tomar "las medidas urgentes oportunas" sin que sea necesaria una reiteración de quejas sobre este foco para que la administración actúe con medidas como el cierre del establecimiento.
La sentencia anula el artículo que permite cargar al ciudadano que denuncia con las costas de la comprobación o inspección del suceso denunciado en caso de queja infundada. El TSJ entiende que "la tasa se hace depender de circunstancias subjetivas, como es el abuso de derecho o la falta absoluta de veracidad de los hechos". "El nacimiento del hecho imponible no radica en la prestación del servicio, sino en la torticera instrumentalización del procedimiento administrativo por parte del denunciante", apunta la sentencia.
El TSJ estima por último que debe ser el ayuntamiento el que se encargue de verificar que los diversos elementos de una construcción cumplen con la normativa de aislamiento. El artículo de la ordenanza que alude a esta cuestión deberá sustituir la expresión "podrá verificar" que deja la decisión de intervenir a criterio del ayuntamiento por "verificará", más taxativa.
La sentencia del TSJ que obliga a revisar la ordenanza de contaminación acústica de Valencia la dió a conocer ayer la concejala socialista Carmina del Río. "Los intereses de las partes no quedaban bien defendidos", apuntó ayer la concejala. El equipo de gobierno, según la oposición, "pretendía eludir la responsabilidad de inspección previa a la concesión de licencia de primera ocupación, poder repercutir a los denunciantes el coste de las inspecciones necesarias para comprobar el cumplimiento de la ordenanza, e imponer medidas para reestablecer los niveles sonométricos sólo en los casos en los que el ruido se produzca de manera reiterada".
El ayuntamiento puede presentar recurso contra la sentencia del TSJ.
TSJ avala actuar contra focos ruido sin necesidad que molestia sea reiterada
ABC - 11-02-2011 - Valencia, 11 feb (EFE).- La sala de lo Contencioso-administrativo de la sección primera del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha avalado la propuesta del grupo municipal socialista de Valencia ante la ordenanza municipal de contaminación acústica de actuar contra los focos de ruido sin necesidad de que la molestia sea reiterada.
Así lo ha anunciado en un comunicado la concejala socialista del PSOE, Carmen del Río, quien ha avanzado que el TSJ ha apoyado en su sentencia las enmiendas del grupo socialista municipal sobre esta ordenanza en tres de sus artículos.
Esta propuesta del PSOE estipula que, ante un foco de ruido que cause una molestia "grave y manifiesta", se puedan tomar "las medidas urgentes oportunas" sin que sea necesaria una reiteración de este foco para que la administración actúe.
Además, el Tribunal Superior de Justicia ha corroborado la sugerencia del grupo municipal socialista de que un ciudadano que denuncia no cargue con las costas de la comprobación del suceso denunciado al entenderse que "colabora con la administración en el cumplimiento de una ordenanza".
Del Río ha explicado que el Ayuntamiento no puede imponer una tasa como concepto de los gastos derivados de una denuncia y que el consistorio pueda atender la reclamación de otras formas diferentes.
Esta también ha dictaminado que en la ordenanza municipal debe ser el Ayuntamiento el que se encargue de verificar que los diversos elementos de una construcción cumplen con la normativa de aislamiento.
En la ordenanza, "no quedaban los intereses de las partes bien defendidos", por lo que el TSJ ha decidido que sea la administración municipal la que se encargue de verificar los certificados de estos materiales, con la simple presentación de estos, y sin la necesidad de que el funcionario se desplace hasta el lugar de la obra.
La concejala socialista ha asegurado que desconoce si se presentará un recurso a esta sentencia del TSJ o, por el contrario, el Ayuntamiento aceptará directamente estas correcciones judiciales a la ordenanza. EFE
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