JEREZ
El Ayuntamiento tiene que elaborar un mapa de ruido para 2012
AndalucíaInformación - 30/07 · Carlos Alberto Cabrera
La Oficina del Defensor de la Ciudadanía considera que la Administración local, debería poner más celo y medios para combatir este tipo de contaminación en las instalaciones empresariales de ocio. También mantiene que ésta debe terminar de una vez el mapa del ruido, declarando Zona Acústicamente Saturada (ZAS), las señaladas de Las Delicias, Chapín, Madre de Dios y avenida Alcalde Álvaro Domecq, que acumulan el 76 % de las quejas recibidas en esta dicha Defensoría.
Igualmente, la ODC considera fundamental que, a través de la Radio y TV municipal Onda Jerez, “se emitan mensajes a la ciudadanía para que respeten a los vecinos, tanto desde el interior de las viviendas, como en las reuniones en la vía pública, bajando el volumen de los altavoces de los automóviles, o disminuyendo el volumen de la euforia obtenida en un pub, o discoteca, cuando se abandonan estos establecimientos a altas horas de la noche”.
Sin mapa de ruidos
Las competencias en materia de ruido corresponden a los ayuntamientos. Pero los consistorios están tardando en adaptarse a la nueva normativa regional y a las normas que se han ido aprobando. Falta de medios o de voluntad política, cada uno tendrá su justificación.
Actualmente, en Andalucía disponen de estos mapas Sevilla, Málaga, Granada y Córdoba. El resto de municipios de más de 100.000 habitantes, como es el caso de Jerez, deben tener lista esta zonificación en 2012.
El Ayuntamiento de Jerez todavía no tiene elaborado el mapa de ruidos del municipio. Según la información facilitada, “se está trabajando en ello” y los estudios van encaminados a hacer un mapa de ruidos dinámico, esto es, en tiempo real. “Este concepto supera las exigencias mínimas de la norma”, se apunta.
En lo que respecta al control de ruidos, se afirma que “los plazos son más amplios que los que contempla la nueva normativa. De cualquier manera, las competencias sobre disciplina medioambiental, recaen en la Delegación de Urbanismo”, según fuentes de Medio Ambiente.
En los deberes de la administración local está la declaración de las Zonas Acústicamente Saturada(ZAS), pues a fecha de hoy, no hay ninguna declaración en el municipio, pese a las recomendaciones, por ejemplo, del Defensor de la Ciudadanía, Francisco Reinoso.
Normas de actuación
El artículo 52 del reglamento versa sobre las “actuaciones de vigilancia e inspección por inactividad del Ayuntamiento”. Éste establece que, cuando un ciudadano presente una denuncia por ruidos, los técnicos municipales deberán inspeccionar el lugar con los equipos de medición y vigilancia en 15 días. Eso o como mínimo manifestar al denunciante alguna indicación sobre su protesta. Si este plazo no se cumple, el ciudadano podrá acudir a la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente con la copia de la denuncia desoída. La Junta abrirá entonces un expediente. Y, si no se logra que el Ayuntamiento actúe, serán los técnicos de la consejería los que realicen la medición y elaboren un informe que será favorable -cuando el nivel sonoro o de vibración esté dentro de lo permitido- o desfavorable -si se sobrepasan esos umbrales fijados en la norma-.
Cuando el informe resulte desfavorable, el denunciante podrá emprender acciones contra el propietario que genera el ruido y el Ayuntamiento por no actuar, ha dejado claro la dirección general de Cambio Climático y Medio Ambiente, encargada de elaborar este reglamento.
La consejería de Medio Ambiente se encargará de realizar las mediciones en los municipios que no dispongan de medios para proceder a la inspección. Además, las Diputaciones provinciales también deberán ayudar a los pequeños ayuntamientos en estas tareas de control que fija el nuevo reglamento, en el que se prevén sanciones que van de los 601 y 300.000 euros dependiendo de la gravedad de la actividad generadora del ruido.
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