NUEVO: REVISION 2013 MAPA RUIDOS CASTELLON

Está a exposición pública la revisión del plan acústico municipal de 2007. Consulta los documentos pinchando en este enlace.

miércoles, 20 de abril de 2011

Sevilla. Inacción y permisividad de la administración y juzgados lentos …..¿de qué estado de derecho hablamos?

SEVILLA

Tres años lleva un juez sin actuar en un contencioso sobre la movida

Varias asociaciones de vecinos aquejadas por el ruido y el botellón lo pusieron en 2008

ABC – Sevilla - 20/04/2011 - AMALIA F. L. – SEVILLA

En 2008 varias asociaciones de vecinos de Sevilla tuvieron que recurrir a la vía judicial dado el mutismo del Ayuntamiento a la hora de informarles sobre normativas reguladoras del ruido, mapas acústicos, zonas saturadas, medidas contra el botellón y otras actuaciones encaminadas a garantizar el derecho al descanso del que no disfrutan.

Precisamente así se llama la plataforma —«Por el Derecho al Dencanso»— que interpuso un contencioso administrativo en el juzgado número 1 de Sevilla que al día de hoy guarda silencio sobre el asunto, según fuentes vecinales que, conscientes de la falta de medios humanos y técnicos de la Administación de Justicia han pedido al juez que agilice, en la medida de lo posible, su actuación dado el cariz que están tomando los acontecimientos en Sevilla.

Los afectados tienen plena confianza en los tribunales pero no ocultan que hasta la fecha ni siquiera se ha remitido al juez el expediente administrativo en el que constan sus demandas ante el Ayuntamiento de Sevilla.

Requieren la puesta al día de la Ordenanza de ruidos y de actividades conforme a Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica del 2003, que no está actualizada desde ese año y, lo que es más importante, la puesta al día de la Ley Antibotellón a la normativa municipal.

«Si esto se hubiera realizado con mayor agilidad —dicen— quizás algunos males se hubieran evitado».

En concreto, el recurso se interpone en 2008 contra la denegación de medidas correctoras, la falta de información de mapas de ruido y otras materias, (y participación ciudadana) y la falta de transposición a la Ordenanza de Ruidos de las obligaciones que marcaba el decreto andaluz de Protección contra la Contaminación Acústica del 2003 y el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica decreto 326/2003, de 25/11, de la Junta de Andalucía BOJA núm. 243, 18 de diciembre 2003. Alude a la disposición transitoria tercera sobre ordenanzas municipales en la que se dice que «los ayuntamientos que, a la entrada en vigor de este decreto, dispongan de ordenanzas municipales de protección del medio ambiente contra ruidos y vibraciones, las adaptarán a las normas establecidas en el mismo en el plazo máximo de un año a partir de su entrada en vigor».

Los residentes agregan que Sevilla no lo ha hecho «en menoscabo de nuestra salud» y critican la permisividad del Ayuntamiento ante el botellón en Sevilla, «que no ha adoptado medidas eficientes para evitar la vulneración de los derechos fundamentales de los demandantes y vecinos afectados y ha originado daños, pues existe una responsabilidad del Ayuntamiento demandado que, al no adoptar las medidas solicitadas ni otras efectivas ha tolerado tal situación durante años, no adoptando, dentro del ámbito de sus competencias y de los límites que establece la ley, las medidas necesarias y eficaces para evitar los ruidos y molestias que se generaban a consecuencia del botellón a pesar del tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de La Ley Andaluza que exigía fijar una determinada zona en concreto para realizar esta actividad».

En cuanto al expediente administrativo que se debe de remitir al Juzgado y que aún no ha llegado, los vecinos aseveran que debe contener al menos «para un correcto entendimiento del problema» su escrito de junio del 2008 y su «presunta » tramitación, la ordenanza de ruidos de Sevilla a diciembre del 2008 «para poder realmente comprobar si se ha puesto o no al día cinco años después de la entrada en vigor del Reglamento Andaluz de Protección contra la contaminación acústica del 2003», el mapa de ruidos de Sevilla en soporte informático, los expedientes de zonas saturadas de Sevilla y si cada tres meses se vienen realizando mediciones en dichas zonas y se viene informando a la ciudadanía las medidas correctoras adicionales que marca la ley para disminuir la contaminación acústica una vez que se ha prorrogado la declaración de zona saturada.

También consideran los vecinos que en el expediente que se ha de aportar al juez debe constar la petición vecinal que requiere información al Ayuntamiento sobre el lugar expreso que habría habilitado a diciembre del 2008 para realizar botellón tal y como marca la ley 7/2007; el número de denuncias por ruido sin tramitar en los tres últimos años, en las que no se ha contestado nada a los denunciantes, los expedientes patrimoniales sin resolver desde el año 2005 por contaminación acústica y las denuncias por botellón y concentración de jóvenes conforme a la Ley 7/2006.

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