NUEVO: REVISION 2013 MAPA RUIDOS CASTELLON

Está a exposición pública la revisión del plan acústico municipal de 2007. Consulta los documentos pinchando en este enlace.

miércoles, 16 de marzo de 2011

Redondela. Los ruidos de la AP-9 en la Audiencia Nacional: ¿y el estudio de impacto ambiental? La M-30 tampoco lo tuvo ……

 

El incremento del ruido centra la vista sobre la ampliación de la AP-9 en la Audiencia Nacional

Cuarenta afectados de Chapela viajan a Madrid y se concentran ante la sala con pancartas

Faro de Vigo – 16-03-11 - ANTONIO PINACHO - REDONDELA

Los vecinos de Chapela, ayer, concentrados ante la Audiencia Nacional, en la calle Prim de Madrid.  // FdV

Los vecinos de Chapela, ayer, concentrados ante la Audiencia Nacional, en la calle Prim de Madrid. // FdV 

 La Asociación de Afectados por la Ampliación de la Autopista en Chapela presentó ayer ante el magistrado de la Audiencia Nacional los informes técnicos que acreditan la necesidad de someter a estudio de impacto ambiental la obra de ampliación de la AP-9 en el tramo entre Rande y Teis. La vista judicial se celebró por la mañana en la sala de lo Contencioso de la Audiencia en Madrid con la presencia del abogado del Estado, los letrados de los vecinos y de Audasa, así como los peritos de ambas partes que expusieron los argumentos de sus informes técnicos.


El representante pericial del colectivo de Chapela acreditó su tesis de que el proyecto de ampliación de un carril adicional en ambos sentidos entre el puente de Rande y el acceso a Vigo necesita ser sometido a estudio ambiental, "puesto que se incrementará el nivel de ruidos y contaminación en la zona, teniendo en cuenta que la autopista soportará un mayor tráfico de vehículos", según explicó ayer tras la vista el abogado de los vecinos, Argemiro Soliño. Estas consecuencias, según se recoge en el informe técnico, "además de incidir negativamente en la calidad de vida de los vecinos, también afectará a la ría de Vigo por las aguas de escorrentías, teniendo en cuenta que parte de la actuación en Rande afecta a la Red Natura", indica Soliño.


Los peritos de Audasa, la empresa concesionaria de la autopista, presentaron un contrainforme en el que intenta desacreditar los argumentos de los vecinos en su demanda contra el Ministerio de Medio Ambiente. Según Soliño, el informe pericial de la parte contraria justifica que no es necesario requerir el estudio de impacto "puesto que la autopista lleva treinta años funcionando y consideran la actuación proyectada de ampliar un carril no supondrá una gran incidencia en los actuales valores de contaminación acústica y ambiental". "Para nosotros este argumento no es válido –insiste el letrado–teniendo en cuenta que en su día, cuando se construyó la AP-9, tampoco se sometió a impacto ambiental".


Cuarenta vecinos representantes del colectivo vecinal, se desplazaron a Madrid y se concentraron ante el edificio de la Audiencia con pancartas, aunque no hubo incidentes.

 

TRIBUNALES | El proceso lo inició Ecologistas en Acción

El TSJM anula la resolución del Ayuntamiento de soterrar varios tramos de la M-30

Imagen de uno de los túneles de la M-30. (EM)

Imagen de uno de los túneles de la M-30. (EM)
  • Dice que el Ayuntamiento contravino una norma europea y otra regional que exige el informe de impacto ambiental

 

El Mundo - 16/03/2011 - Efe | Madrid

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la sentencia de 17 de junio de 2009 de este mismo tribunal que anula la resolución adoptada por el Ayuntamiento de soterrar diferentes tramos de la M-30.

En su sentencia número 114, de 11 de febrero de 2011, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Marid contra la sentencia del 17 de junio de 2009 y confirma aquella sentencia. Esta resolución del TSJM es firme y contra ella no cabe recurso alguno.

La asociación Ecologistas en Acción-CODA interpuso recurso contra la resolución dictada por la concejal del Área de Urbanismo, Vivienda e Infraestructura el 23 de mayo de 2005 sobre el soterramiento de tramos de la M-30 entre Marqués de Monistrol y el Puente de Praga y entre la Avenida de Portugal y la Glorieta de San Vicente.

La sentencia hecha pública este miércoles se refiere a que no se han cumplido las normas comunitarias que exigen la elaboración previa de estudios de impacto medio ambiental y afirma que "no cabe admitir que la elaboración posterior de estudios de impacto ambiental puede amparar la ilegalidad inicial de los actos ni puede servir para subsanar las consecuencias de la omisión de este vicio trascendente".

Además, afirma que "los actos impugnados nacieron y se han ejecutado viciados en origen y lo que pretende la actora es que se declare su anulación".

Así, en su fallo desestima el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Madrid con la sentencia del 17 de junio de 2009 y confirma la citada sentencia.

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