NUEVO: REVISION 2013 MAPA RUIDOS CASTELLON

Está a exposición pública la revisión del plan acústico municipal de 2007. Consulta los documentos pinchando en este enlace.

martes, 3 de mayo de 2011

Sevilla. El Defensor del Pueblo insta a corregir la ordenanza de veladores y advierte del riesgo de nuevas condenas por ruido..

 

Chamizo insta al Ayuntamiento a corregir la ordenanza de veladores

El Defensor del Pueblo apunta al artículo 16, que contradice al decreto andaluz de protección contra la contaminación acústica · Los veladores se disparan por la peatonalización y el proyecto Piel Sensible

Diario de Sevilla - 03.05.2011 - Noelia Márquez

Los vecinos reclaman el derecho al descanso en esta pancarta colocada en la Plaza de la Pescadería.

El Defensor del Pueblo, José Chamizo, insta al Ayuntamiento a que corrija el artículo 16 de la ordenanza de veladores al considerar que contradice una normativa superior, el decreto andaluz contra la contaminación acústica que impide la concesión de licencias en zonas saturadas de ruido. La oficina de Chamizo advierte que durante 2010 se ha disparado el número de veladores en la plaza de la Alfalfa y la plaza de la Pescadería, una zona declarada acústicamente saturada desde hace más de seis años.


En un análisis de la ordenanza municipal, el Defensor del Pueblo ha detectado defectos en el artículo 16 de la normativa que abren la puerta a la permisividad en la concesión de autorizaciones y licencias para instalar veladores, en contradicción con el decreto 326/2003, que es de obligado cumplimiento por parte del Ayuntamiento. "El legislador autonómico exige, respecto a las zonas acústicamente saturadas, que las actuaciones que se sigan por los poderes públicos municipales vayan dirigidas necesariamente a lograr la progresiva reducción de los niveles de ruido hasta ajustarlos a los límites permitidos". En consecuencia, "cualquier otra opción debe entenderse contraria a Derecho y, por consiguiente, nula", explica una resolución del 15 de abril.


La Alfalfa y la Pescadería están declaradas como zonas acústicamente saturadas desde 2005, es decir los que viven en estas plazas soportan niveles de ruido ambiental producidos por los establecimientos y por los clientes que sobrepasan en más de 10 decibelios ponderados (dBA) los límites máximos permitidos por el ordenamiento jurídico.


Según consta en el decreto andaluz de protección contra el ruido, "las zonas acústicamente saturadas quedarán sujetas a un régimen especial de actuaciones de carácter temporal, que tendrá por objeto la progresiva reducción de los niveles sonoros exteriores, hasta alcanzar los límites establecidos". Pese a este mandato de ámbito andaluz, el Ayuntamiento concedió en abril de 2008 diversas autorizaciones para la instalación de 41 veladores en la Alfalfa y en la Pescadería. Esta decisión adoptada por el Ayuntamiento "resultó frontalmente contraria a lo exigido por el legislador". En 2010 el número de veladores se ha incrementado de manera importante por la peatonalización y el proyecto denominado Piel Sensible, pero el Defensor no puede precisar el número exacto porque el Ayuntamiento no ha facilitado a esta oficina la documentación requerida.


En varias visitas a la zona afectada el Defensor del Pueblo ha comprobado que efectivamente el número de veladores dispuestos en la vía pública es considerablemente superior al permitido. Ante esta situación, Chamizo recomienda "incoar a la mayor brevedad posible expediente sancionador" ante las irregularidades.

Tres condenas por permitir ruidos excesivos

El Defensor advierte del riesgo a cuantiosas indemnizaciones por la ineficacia en el Ayuntamiento.

Diario de Sevilla - 03.05.2011 - N. M.

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La oficina del Defensor del Pueblo Andaluz advierte al Ayuntamiento, en una resolución del 15 de abril, que cada vez son más frecuentes los casos en los que los órganos judiciales concluyen la existencia de responsabilidad patrimonial por la falta de actuación municipal o por ineficacia en las funciones de vigilancia, inspección y sanción contra la contaminación acústica.


En los últimos años el Ayuntamiento de Sevilla ha sido condenado en tres ocasiones por los tribunales a indemnizar los daños y perjuicios causados a la ciudadanía. El 26 de mayo de 2008 el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Sevilla condenó al Ayuntamiento a abonar 24.000 euros por daños y perjuicios ocasionados por ruidos excesivos y evitables por parte de la Administración local. Por el mismo motivo, otra sentencia dio la razón a los vecinos el 22 de marzo de 2007, en la que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía condenó al Ayuntamiento a pagar 6.058 euros por daños y perjuicios en otro caso de contaminación acústica. La tercera decisión judicial en este sentido se dictó el 29 de mayo de 2003 por daños sufridos como consecuencia de la vulneración del derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio.


Según la Organización Mundial de la Salud una exposición prolongada a un nivel elevado de ruidos puede provocar deficiencias auditivas, perturbación del sueño, neurosis, hipertensión o un incremento de las tendencias agresivas, entre otros efectos negativos sobre la salud de los afectados por la contaminación acústica.


El riesgo de que el Ayuntamiento sea condenado de nuevo al pago de cuantiosas indemnizaciones debería ser una motivación adicional para que "su actuación estuviese guiada en todo momento por el más absoluto rigor normativo", se advierte en la resolución. El Defensor del Pueblo ha remitido una recomendación al Consistorio para que se inspeccione las zonas afectadas por la contaminación acústica.

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